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      El Frepaso ganó una batalla en la Justicia

      La Cámara electoral revocó un fallo del juez Bonadío, que impedía el uso de la sigla Frepaso Esa medida había sido solicitada por el bordonismo

      Redacción Clarín
      26/08/1997 00:00

      El Frepaso recibió ayer, a sólo 48 horas del plazo fijado para inscribir las alianzas para las elecciones, una buena noticia: la Cámara Nacional Electoral rechazó una medida cautelar dictada por el juez federal Claudio Bonadío, quien había impedido al Frepaso el uso de su sigla en la campaña.La medida de Bonadío había sido solicitada por el ex candidato presidencial José Bordón, con el argumento de que el frente se constituyó con su partido PAIS y que ahora, que el bordonismo se retiró, no puede mantener el nombre.La disputa del bordonismo con el Frepaso por la sigla -que incluye una pelea subterránea por el reparto de los fondos por los votos conseguidos en 1995- estuvo a punto de complicar severamente la campaña electoral de la Alianza, que se hubiera visto impedida de utilizar una sigla que ya está instalada públicamente.Con todo, si Bonadío decide darle impulso a la causa, podría resolver antes de octubre la parte principal de la demanda iniciada por PAIS. Si entiende -como lo hizo con la medida cautelar- la sigla Frepaso no puede ser usada, entonces volverán las complicaciones para la Alianza. Y con escaso tiempo para una nueva apelación.Bonadío había ordenado a los partidos miembros del Frepaso abstenerse de propiciar en cualquier sede y en todo el territorio del país el uso del nombre Frente del País Solidario, de la sigla Frepaso, de sus símbolos y de sus emblemas, lo que ahora fue revocado por la Cámara.La decisión del tribunal de alzada beneficia a los partidos integrantes de la confederación llamada Frepaso: El Frente Grande (FG), el Partido Socialista Democrático (PSD), el Partido Socialista Popular (PSP), el Partido Intransigente (PI), el Partido Demócrata Cristiano (PDC) y el Partido Demócrata Popular (PDP). Allí también están los ex bordonistas de Nuevo Movimiento y los ex radicales de Nuevo Espacio.Según los jueces, no se encuentran acreditados los requisitos procesales para la procedencia de la medida dictada por el juez Bonadío en primera instancia, quien debió intervenir tras la actuación de la jueza con competencia electoral en ese fuero, María Servini de Cubría.El tribunal aclaró que el vencimiento del plazo de presentación de alianzas, 26 de agosto próximo, no constituye una circunstancia que permita sustentar la medida dictada. Advirtió, además, que no se explica en el escrito inicial de qué modo el transcurso de dicho plazo podría frustrar los derechos cuya tutela se procura en una causa principal tramitada por el mismo tema, lo que invalida el incidente de la medida cautelar según entendieron los camaristas.La cuestión de fondoLa Cámara Electoral no se pronunció sobre el fondo de la cuestión -es decir, la disputa entre el bordonismo y el Frepaso- sino sólo sobre la medida cautelar que tomó Bonadío. El juicio, en tanto, seguirá su curso, pero con el Frepaso habilitado para utilizar la sigla.Los camaristas advirtieron que a través de la medida cautelar solicitada se persigue el mismo objeto que mediante la acción principal, lo cual no es admisible.La Cámara recordó que para garantizar la igualdad y seguridad jurídica de las partes en la citada causa principal, este tribunal resolvió apartar a la jueza federal electoral en estos autos por haber efectuado consideraciones que importaban emitir opinión sobre el fondo de la demanda.En otra resolución, firmada también ayer, la Cámara rechazó la recusación de Bonadío que había solicitado el Frente Grande, razón por la cual el juez federal seguirá al frente de la causa. También le ordenó abocarse a resolver rápidamente la cuestión de fondo.


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